Subprocesadores

SUBPROCESADORES

Primer plano de apretón de manos empresarial sobre fondo de tecnología digital
 

Última actualización:
2020-04-21

 

Subprocesador Dirección Uso para
AMAZON Región Europa (Fráncfort)
60313 Fráncfort del Meno
Alemania
Centro de almacenamiento de datos
Más información sobre AWS y el GDPR
Epay Bambora Online A/S
Alfred Nobels Vej 21 A, 1.
DK-9220 Aalborg Øst
Dinamarca
Soluciones de pago
Visma E-conomía Langebrogade 1
1411 Copenhague K
Dinamarca
Economía
Servicio de facturación Danmarksvej 26
8660 Skanderborg
Dinamarca
Sistema de facturación
Zendesk Snaregade 12
1205 Copenhague
Dinamarca
Ayuda
Omstil.com Virum Overdrevsvej 23
DK-2830 Virum
Dinamarca
Sistema de transición
SimplyCRM Vesterbrogade 26
1620 Copenhague V
Dinamarca
Sistema CRM

 

Los operadores de telecomunicaciones son proveedores de servicios de comunicación electrónica (SCE). Los operadores ofrecen a los clientes conexiones directas a los servicios de mensajería a través de protocolos de telecomunicación como HTTPS. Dicha transmisión no es una "transferencia" de datos personales según el RGPD, sino una actividad distinta y separada, en la que los datos en transmisión están protegidos por obligaciones de confidencialidad.

Los derechos a la intimidad y a la confidencialidad están protegidos por varios artículos de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea:
(1) El derecho a la confidencialidad está protegido por el artículo 7.
2. El derecho a la intimidad está recogido en el artículo 8.

Por esa parte, las ECS deben considerarse responsables del tratamiento de los datos, porque las ECS están sujetas a normas específicas de protección de datos (confidencialidad frente a privacidad). Al proporcionar ECS, los datos son procesados de forma opaca por el proveedor de ECS, es decir, la transmisión
de señales/mensajes/voz y facturación del servicio de transmisión.

Por lo tanto, los proveedores de ECS y ECN (red de comunicación electrónica) no proporcionan procesamiento de datos en nombre del cliente y las disposiciones de los acuerdos de procesamiento de datos no son adecuadas para la provisión de ECS.

El artículo 95 del RGPD establece que el Reglamento no impondrá obligaciones a los proveedores de SCE públicos y a los operadores de redes públicas que superen las obligaciones ya establecidas en la Directiva sobre privacidad y comunicaciones electrónicas.

Los proveedores de SCE tienen prohibido anotar el contenido de cualquier comunicación que transmitan, incluidos los datos personales que puedan formar parte de dicha comunicación (véase el artículo 5 de la Directiva 2002/58/CE sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas), a menos que una de las partes implicadas en la transmisión haya dado su consentimiento formal.

Como resultado, los datos personales incluidos en las comunicaciones mediadas no se revelan y no son "procesados" por ellos. De lo contrario, cada proveedor de servicios de telefonía sería considerado un encargado del tratamiento por cada llamada telefónica que crea para la persona que llama.

Español